Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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100283
Legislatura: 1889-1890
Sesión: 13 de mayo de 1890
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Mena y Zorrilla.
Número y páginas del Diario de Sesiones: 161, 2873.
Tema: Modificaciones de la ley de relaciones entre ambos Cuerpos Colegisladores, determinando el plazo mínimo que ha de corresponder al Senado para el estudio y discusión de los presupuestos.

El Sr. Presidente del Consejo de Ministros (Sagasta): No puedo meno de reconocer con gusto que el Sr. Mena y Zorrilla tiene razón en lo que ha dicho, atendiendo a los precedentes, porque en realidad, sin culpa de nadie, ni del mismo Congreso, siempre vienen tarde los presupuestos al Senado, cualquiera que sea la época en que se presenten en la otra Cámara. Claro está que el Congreso no lo hace por deprimir al Senado, ni por quitarle el tiempo que éste necesite para esa discusión. Lo hace con el mejor deseo, con el deseo de discutir más ampliamente los presupuestos; pero al fin y al cabo resulta lo que resultaría seguramente si vinieran antes al Senado que al Congreso. Nuestro carácter es así; despachamos pronto las cosas si tenemos poco tiempo; pero si tenemos mucho, empleamos mucho; y lo que ahora sucede al Senado respecto del Congreso, porque los presupuestos van por precepto constitucional primero a la otra Cámara, sucedería al Congreso si vinieran antes al Senado.

Claro es, pues, que hay que quitar todo lo que pueda significar susceptibilidad de parte de este Cuerpo con relación al otro, y todo lo que pueda considerarse como intención en una Cámara de molestar a la otra.

Como ese mal no se puede evitar, y pasa un año y otro sin que se corrija, es preciso adoptar una disposición. No sé si la que propone el Sr. Mena y Zorrilla será la mejor; pero por lo menos satisface las aspiraciones políticas del Senado, que se reducen a desear tiempo bastante para discutir los presupuestos, y se respetan las prerrogativas de la otra Cámara concediéndole el doble del tiempo que pide el Senado. De modo que no veo inconveniente alguno en que se tome en consideración por el Senado la proposición del Sr. Mena y Zorrilla, con tanto más motivo, cuanto que, tratándose de una proposición de ley ha de ser examinada por el Congreso, y ha de contribuir este Cuerpo a su aprobación, se le parece bien.

De manera, que creo que se puede adoptar la proposición sin menoscabo alguno de las atribuciones y privilegios que corresponden al Congreso, porque espero que éste la considerará atendible como yo la considero en este momento, una vez que, después de nombrarse la oportuna Comisión, y de discutirse en esta Cámara, se ha de remitir a la otra. En tal sentido, creo, repito, que el Senado debe tomarla en consideración. [2873]



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